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Altas capacidades y desarrollo personal

Diferencias entre NEAE y NEE

En el blog Familia y cole encontramos una entrada que contiene una imagen gráfica que nos ayuda a ver la diferencia con un simple vistazo.

graf.png

En la web de atención temprana de la Plataforma Andalucía también podemos ver la diferencia entre ambos conceptos:

Alumnado con NEAE y alumnado con NEE

Son dos conceptos que provienen de la LOE, en sus artículos 71 a 79 bis, y que han sido modificados en parte por la LOMCE, en el apartado 57. Vamos a ver qué son cada uno de los conceptos, la diferencia que existe entre ellos y las implicaciones prácticas que puede tener:

  • Alumnado con Necesidades especiales de apoyo educativo (ACNEAE o NEAE) Alumnado que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o historia escolar.
  • Alumnado con Necesidades educativas especiales (ACNEE o NEE). Alumno que requiera, en un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de la conducta.

¿Qué relación tienen ambos conceptos?

Las NEE se incluyen y forman parte de las NEAE, es decir, todas las NEE son también NEAE, pero no todas las NEAE son NEE.

¿En qué se diferencian?

  1. NEAE requieren un informe Psicopedagógico y NEE requiere este informe más el dictamen de escolarización.
  2. Alumnado con NEAE siempre están en modalidaes de escolarización dentro de un centro ordinario, mientras, alumnado con NEE disponen también de la modalidad de centro de educación especial y la modalidad combinada.
  3. Alumnado con NEE suelen tener una adaptación curricular individualizada y significativa (ACIS), los alumnos con NEAE tienen una adaptación con referencia en los contenidos y criterios de su grupo o nivel.
  4. La promoción del alumnado con NEAE sigue los mismos criterios que el resto del alumnado de su nivel, mientras, alumnado con NEE para promocionar o no se siguen dos criterios claros, si es beneficioso para su inclusión social y si la permanencia un año más le garantiza el logro de objetivos generales de la etapa.
  5. La dotación de recursos de apoyo especializado depende del número de alumnos/as con NEE escolarizados/as  en el centro.

Y podemos encontrar otra información interesante complementaria que podría ayudarnos. En este caso, las fases del protocolo de detección e identificación de las NEAEs.

 

Fases del protocolo de detección e identificación de NEAE

Uno de los grandes conflictos que nos encontramos todas las familias es el momento de la escolarización o de enfrentarnos a la detección de necesidades educativas en nuestro/a hijo/a. Os hago un breve esquema del proceso de detección e identificación y poco a poco lo iremos detallando en futuras publicaciones, intentando que os quede lo más claro y detallado posible.

Hay que tener claro que el sistema educativo debe ser inclusivo y debe, para ello, garantizar la igualdad o equidad en su acceso y mantenimiento, por tanto, debe organizarse para identificar las necesidades especificas de apoyo educativo (NEAE) y dar atención o respuesta adecuada a cada alumno/a según sus necesidades.

Identificamos las diferentes etapas en el proceso de prevención, detección e identificación del alumnado con NEAE:

  1. Prevención. Dirigido a todo el alumnado. Implantación de programas de estimulación y desarrollo por etapas educativas.
  2. Detección. Definición de los indicios de NEAE. Protocolos de Detección, derivación e intervención.
  3. Identificación. Presentación de indicadores e instrumentos de evaluación para la identificación en las diferentes etapas. Aquí se realiza la evaluación psicopedagógica y se identifica  el tipo de NEAE para saber el tipo de respuesta que requiere el alumno/a.
  4. Dictamen. Aquí se puede solicitar la intervención de EOEE (Equipo de Orientación Educativa Especializado) y se actualiza, en Séneca, el censo de alumnado con NEAE. Se establece el tipo de NEE, la modalidad de escolarización y propuesta de atención.
  5. Organización de la respuesta. Adaptaciones curriculares y programas específicos. Diferenciamos entre la atención educativa ordinaria y la atención educativa diferente a la ordinaria.

En la organización de la respuesta educativa hay que tener en cuenta la prioridad de la atención, en función al tipo y características de las necesidades concretas de cada alumno/a. De este modo, se atenderá a:

  • Escolares que presentan NEE, con Adaptación Curricular Significativa (ACUS) o Adaptación Curricular individualizada (ACI, alumnado de aulas específicas) o Adaptación Curricular(AC)
  • Alumnado que manifiestan otras NEAE pero tienen necesidad de AC.
  • Otros escolares con NEAE que precisan de atención educativa.

Todos ellos requieren de una evaluación psicopedagógica previa, pero no necesariamente de dictamen de escolarización, que está orientado al alumnado con NEE que requiere de respuesta extraordinaria

http://www.adideandalucia.es/normas/instruc/Instruc22junio2015ProtocoloNeae.pdf

 

 


6 respuestas a “Diferencias entre NEAE y NEE

  1. ¡Hola!

    Recientemente han evaluado a uno de mis alumnos (3ºEP) y en el informe pone «no presenta necesidades específicas de apoyo educativo, asociadas a un perfil de Altas Capacidades.» Sin embargo, en el mismo informe psicopedagógico, más adelante, indica «presenta niveles elevados en aptitudes relacionadas con el Razonamiento Matemático (Pc:95,5)».
    Siendo así, ¿no sería un talento simple matemático? ¿Y esto no se consideraría como una parte de las altas capacidades? Porque de ser así, entiendo que sí seria ACNEAE.
    Lo único que se me ha ocurrido es que exista una edad mínima para diagnosticar el talento simple y por eso no lo incluyen como ACNEAE.

    Un saludo y gracias por tus publicaciones,
    Laura

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    1. Hola Laura. Un alumno con ese perfil, en Andalucía sería como bien dices un «talento simple» lógico-matemático, lo que implicaría de facto que es un alumno con NEAE asociada a las altas capacidades intelectuales siguiendo el modelo de Castelló vigente aquí. No importa la edad a la que salga ese dato, aunque normalmente empiezan en primero de primaria, salvo casos muy evidentes de perfiles más «vistosos» en edades más tempranas. Fuera de Andalucía parece que cada uno hace de su capa un sayo, así que no sabría decirte cómo se trata en otras comunidades. En algunas se sigue ese modelo sin tenerlo plasmado en la normativa, pero la mayoría sigue el criterio de la costumbre de igualar ACI=superdotado=ci 130 (generalmente añadiendo los otros componentes para los tres anillos).

      Me gusta

      1. Muchas gracias por tu rápida respuesta. Pues miraré a ver si encuentro la normativa actualizada sobre altas capacidades en Murcia (en su día no encontré gran cosa) y lo hablaré con la orientadora, porque no me termina de cuadrar y creo que debería incluirse como alumno con NEAE.

        Me gusta

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