Instrucciones del Ministerio de Educación sobre las «becas» para AACC

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Debido a la importancia del contenido he creado una entrada específica sobre unas instrucciones aclaratorias que ha remitido el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) ante la consulta planteada por la administración educativa murciana en relación a algunas cuestiones que en cursos anteriores crearon cierta confusión relacionadas con las ayudas al alumnado con altas capacidades intelectuales, las mal llamadas becas.

Considero que lo deja tan meridianamente claro que debía ser una información disponible para todas las personas relacionadas directa o indirectamente con este colectivo. No se ciñe a esa región sino que es extensible a toda España ya que es el MEFP el que hace la convocatoria de ayudas aunque sean las CCAA quienes la gestionen.

ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME ESPECÍFICO PARA AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DEL ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES

A) NOTA PREVIA ACLARATORIA

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) ante la consulta planteada en relación a algunas cuestiones que en cursos anteriores crearon cierta confusión ha dado instrucciones aclaratorias:

1.‐ Según se establece en el artículo 8 de la convocatoria, las ayudas van dirigidas al desarrollo de programas “específicos” para alumnos con altas capacidades (ACI) que no se presten de forma gratuita por la administración educativa, por lo que estas ayudas son incompatibles con los talleres extracurriculares dirigidos al alumnado con altas capacidades, convocados por la Resolución de 5 de abril de 2018. Por tanto los alumnos seleccionados para realizar los talleres extracurriculares no son objeto de estas ayudas.

2.‐ El Ministerio considera que no son programas “específicos para ACI” las clases impartidas en academias de idiomas: para preparación de exámenes de títulos oficiales de Escuela de Idiomas, Oxford, Cambridge, etc.; así como tampoco las clases en academias de música, conservatorios o centros de estudios reglados de enseñanzas artísticas. Porque en este tipo de clases no se desarrolla un programa “específico” dirigido exclusivamente para el desarrollo del talento especifico del alumno, prueba de ello es que a estos grupos suelen asistir ACI junto con otro tipo de alumnado no diagnosticado como de altas capacidades.

3.‐ El programa tiene que estar relacionado con la capacidad o el talento (verbal, artístico, matemático,…) en el que destaque el alumno. Se ha dado algún caso en el que un alumno con talento matemático ha justificado la beca con un programa de desarrollo de la competencia lingüística, lo que evidencia que no asiste a un programa específico adecuado a sus necesidades.

B) CONTENIDO DEL INFORME

El programa específico para alumnos con altas capacidades” al que hace referencia el artículo octavo de la convocatoria, debe de cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser un programa diseñado y desarrollado de forma específica” para el alumnado con altas capacidades.
  2. Las actividades deben realizarse con una metodología que favorezca la participación y la investigación.
  3. Dicho programa puede desarrollarse de forma individual o grupal, pero nunca debe desarrollarse juntando en un mismo grupo a alumnos con altas capacidades con otro tipo de alumnado, ya que en este caso no sería un programa “específico”.

Recomendamos que los objetivos deben concretarse en alguno de los bloques de contenidos expuestos a continuación, debiendo tener en cuenta, la singularidad del perfil de excepcionalidad del alumno y sus motivaciones personales, para el logro de una adecuada toma de decisiones en el programa específico a elegir.

Algunos de los objetivos y contenidos a desarrollar con este alumnado en los programas específicos, son los siguientes:

Objetivos:

  1. Ofrecer oportunidades de aprendizaje amplias y variadas, que impliquen retos intelectuales, adaptados a los intereses y complejidad cognitiva de este alumnado.
  2. Desarrollar aptitudes intelectuales, que ayuden a mejorar el pensamiento lógico, crítico y creativo, necesario para el conocimiento eficiente y el aprendizaje autónomo.
  3. Desarrollar habilidades que fomenten la indagación e investigación.
  4. Fomentar el potencial creativo y su pertinente aplicación a la vida cotidiana.
  5. Favorecer crecimiento personal y fortalecer las habilidades sociales para mejorar la calidad en las relaciones con los demás.

 

Contenidos:

A) Relacionados con el desarrollo del pensamiento lógico‐matemático, científico, tecnológico y creativo:

  1. Robótica;
  2. Lenguaje de programación;
  3. Modelar en 3D;
  4. Diseño de inventos;
  5. Astronomía;
  6. Los números y algunas propiedades curiosas;
  7. Diseño y solución de problemas.
  8. Ajedrez.
  9. Otros.

B) Relacionados con el fomento de las múltiples posibilidades comprensivas, expresivas y creativas que nos ofrece el lenguaje:

  1. Oratoria;
  2. Escritura creativa;
  3. Debates;
  4. Cómic;
  5. Poesía;
  6. Lenguaje periodístico y publicitario;
  7. Lectura y pensamiento crítico;
  8. Otros.

C) Relacionados con el desarrollo de la variedad de expresiones artísticas –visuales, plásticas, musicales, corporales,…‐, como transmisoras de cultura, de realización personal y estimulo del pensamiento creativo:

  1. Creación de obras artísticas con materiales de desecho;
  2. Mimo y danza;
  3. Arte en la ciencia y en la ingeniería;
  4. El 7º Arte;
  5. Fotografía
  6. Digitalización;
  7. Escultura y arquitectura;
  8. Otros.

D) Relacionados con el desarrollo de la competencia emocional y social:

  1. Conocimiento de fortalezas y debilidades personales;
  2. Expresividad de emociones y afectos;
  3. Asertividad;
  4. Autocontrol y autorregulación;
  5. Empatía;
  6. Atribuciones;
  7. Estrategias de comunicación verbal y no verbal –gestos, movimientos corporales y posturales, distancias y contacto físico interpersonal, silencio‐;
  8. Habilidades de participación y manejo positivo de conflictos;
  9. Otros.

Los orientadores informarán a los padres del alumnado con altas capacidades de que el centro o gabinete que vaya a realizar el programa específico deberá contemplar en su memoria los objetivos y contenidos establecidos por el Servicio de Orientación.


8 respuestas a “Instrucciones del Ministerio de Educación sobre las «becas» para AACC

  1. Varias cosas se me ocurren al hilo de lo leído:
    – En la Escuela Oficial de Idiomas, los niños de Alta Capacidad “acelerados”, pueden entrar un año antes.
    – En el Conservatorio, al menos en mi ciudad, y supongo que será igual en todas, a los niños en general no se les permite entrar antes de los ocho años. Y tampoco se les permite avanzar. Por tanto no pueden aprender a su ritmo. Así que ¡Pobre talento musical! Hay que tener dinero para desarrollarlo.
    – Expresa el comunicado, que no se consideran clases adaptadas a un niño de AACC las de estas academias y centros de APRENDIZAJE, por estar con otros niños que no lo son. Entonces ¿No entra esto en contradición si en los colegios e institutos están juntos, sin adaptación curricular la mayoría de ellos? Entonces, ¿tampoco se les está dando una formación correcta aquí. Pues, todo se les debe adaptar? (¡Aplaudo la propuesta!)
    – Pienso. ¿Si un niño AACC estuviera recibiendo clases en una academia o centro, con un grupo-clase de más avanzada edad a la suya, no puede ser becado-ayudado? Esta es una de las medidas de adaptación curricular mejor valoradas por los especialistas, estando con niños no AACC.
    – Y por terminar, ¿cuándo se va a comenzar a permitir que los niños de Altas Capacidades se desarrollen en su extensión?

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